23º Sesión Ordinaria: Acta de Labor Parlamentaria

25/09/2026

La Cámara de Diputados definió el Acta de Labor Parlamentaria correspondiente a la vigésima tercera Sesión Ordinaria del Cuerpo, integrada por los proyectos propuestos por los distintos Bloques políticos para la misma. Estas iniciativas fueron elevadas por los presidentes de las bancadas al presidente de la Cámara Baja, Esteban Amat Lacroix, para su incorporación al temario previsto de la Sesión.

Cabe señalar que cada proyecto sólo será considerado para su tratamiento parlamentario en el recinto si cuenta previamente con los dictámenes emitidos por las comisiones correspondientes.

Acta de Labor Parlamentaria

1. Expediente Nº 91-54.084/26. Proyecto de Ley: Propone prevenir y concientizar sobre los riesgos derivados de las competencias ilegales de velocidad o destreza vehicular desarrolladas en la vía pública. (B. Todos Por Salta)

Autoría: Dip. Fabián Valenzuela.

Breve fundamentación: El presente proyecto de ley tiene por objeto fortalecer las políticas de prevención y concientización vinculadas a las denominadas “picadas” o competencias ilegales de velocidad y, al mismo tiempo, incorporar una herramienta contravencional específica que permita sancionar no solo a quienes participan materialmente de estas prácticas, sino también a quienes las organizan, promueven, convocan o difunden. Diversos procedimientos policiales y operativos de control realizados en la Provincia dan cuenta de la reiteración de estas conductas y de los riesgos concretos que generan para conductores, peatones y terceros ajenos a este tipo de actividades. Se trata de prácticas que afectan directamente la seguridad vial, alteran la normal circulación y exponen a la comunidad a situaciones de peligro que muchas veces derivan en siniestros graves. Asimismo, las convocatorias suelen realizarse mediante redes sociales, plataformas digitales y aplicaciones de mensajería, lo que facilita la organización y difusión de estos encuentros. En este contexto, el proyecto propone un abordaje equilibrado, incorporando por un lado herramientas preventivas y de concientización y, por otro, una figura contravencional específica dentro de la Ley 7135. La incorporación al Código Contravencional busca otorgar mayor claridad normativa y permitir una respuesta estatal concreta frente a conductas que actualmente generan una evidente preocupación social. Finalmente, el proyecto prioriza también la prevención y la educación vial, asignando a la Autoridad de Aplicación la realización de campañas periódicas de concientización destinadas especialmente a jóvenes, entendiendo que la respuesta frente a esta problemática debe combinar control, sanción y formación ciudadana.

Sin dictámenes de las Comisiones de Seguridad y Participación Ciudadana; de Educación; de Justicia; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

2. Expediente Nº 91-54.733/26. Proyecto de Declaración: Expresar preocupación por las modificaciones en materia de discapacidad contempladas en el proyecto de Presupuesto Nacional para el Ejercicio 2027, particularmente aquellas que afectan el régimen de pensiones no contributivas, el sistema de prestaciones básicas y las disposiciones de la Ley Nacional 27.793 de Emergencia en Discapacidad, por sus posibles consecuencias sobre el acceso a la salud, la rehabilitación y la protección social de las personas con discapacidad. (B. Todos Por Salta)

Autores: Dips. Germán Rallé, Enzo Alabi, Luis Albeza, Gerónimo Arjona, Emmanuel Ayón, Laura Cartuccia, Marcos Catardo, Enzo Chaque, Ricardo Chosco, Juan Pablo Cuellar, Gustavo Dantur, Edgar Domínguez, Juan José Esteban, Omar Exeni, Frida Fonseca, Gastón Galíndez, Rodrigo García, Mónica Goicoechea, Patricia Hucena, Carlos Jorge, Guillermo Kripper, Marcelo Lara Gros, Fabio López, Marianela Marinaro, Luis Mendaña, Mirtha Miller, Sergio Oliva, Gerardo Orellana, Gustavo Orozco, Néstor Parra, Norberto Paz, Patricio Peñalba, Miguel Plaza, Jorge Restom, Rogelio Segundo, Daniel Segura, Nicolás Taibo, Ernesto Tapia, David Taranto, Adrián Valenzuela Giantomasi, Fabián Valenzuela, Héctor Vargas y Socorro Villamayor.

Sin dictámenes de las Comisiones de Derechos de las Personas con Discapacidad; de Salud; y de Hacienda y Presupuesto.

3. Expediente Nº 91-54.571/26. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación y Cultura, disponga los medios necesarios para la construcción de un tinglado en la Escuela N° 4.319 “Marcos Sastre”, del municipio San José de los Cerrillos, departamento Cerrillos. (B. Todos Por Salta)

Autores: Dip. Carlos Jorge.

Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; de Hacienda y Presupuesto; y de Educación.

4. Expediente Nº 91-54.590/26. Proyecto de Ley: Propone el Régimen Provincial de Promoción del Empleo para Personas con Discapacidad. (B. Por Salta)

Autores: Dips. Rodrigo García, Emmanuel Ayón, Juan Pablo Cuellar, Edgar Domínguez, Carlos Jorge, Fabio López, Miguel Plaza, Nicolás Taibo, Ernesto Tapia, Fabián Valenzuela y Héctor Vargas.

Breve fundamentación: El trabajo constituye una herramienta esencial para garantizar la autonomía, la igualdad de oportunidades y la plena inclusión social de las personas con discapacidad. Si bien existen beneficios de alcance nacional en la materia, la provincia de Salta se encuentra en condiciones de fortalecer esas políticas mediante incentivos tributarios propios, que alienten al sector privado a generar empleo formal para este colectivo. La reducción de la carga impositiva prevista en el presente régimen permitirá compensar los costos iniciales de adaptación de los puestos de trabajo, promoverá la responsabilidad social empresaria y contribuirá a disminuir el desempleo de las personas con discapacidad en el ámbito provincial. Cabe señalar que la Ley 6036 ya prevé, en su artículo 23, un mecanismo de deducción y exención impositiva vinculado a la contratación de personas discapacitadas, limitado al Impuesto a las Actividades Económicas y a las tasas municipales. El presente proyecto actualiza y amplía sustancialmente ese esquema –incorporando el Impuesto de Sellos, créditos fiscales para accesibilidad, un régimen de registro y reconocimiento público, y prioridad en las contrataciones estatales–, por lo que resulta necesaria la derogación del artículo 23 de dicha norma a fin de evitar superposiciones y consolidar un único régimen integral, moderno y de mayor alcance. Se incorpora asimismo un beneficio adicional para los casos en que la contratación constituya el primer empleo formal del trabajador, con el objeto de dar una atención especial a la inserción laboral de los jóvenes con discapacidad y de quienes carecen de antecedentes laborales, lo que dota al régimen de un perfil más innovador dentro del marco normativo provincial vigente.

Sin dictámenes de las Comisiones de Derechos de las Personas con Discapacidad; de PYMES, Defensa del Consumidor, Asuntos Laborales, Previsión Social y MERCOSUR; de Salud; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

5. Expediente 91-53.781/26. Proyecto de Ley: Propone establecer el Sistema de votación con Boleta Única de Papel en la Provincia. (B. La Libertad Avanza)

Autores: Dips. Eduardo Virgili, Nicolás Arce, Claudio Cansino, María Victoria Cayo, María Elena Davids, Fernanda Domínguez, Alejandro Esper, Franco Lastra y Sergio López.

Breve fundamentación: Que actualmente en nuestra Provincia en materia de régimen electoral se encuentra vigente el sistema de la Boleta Única Electrónica introducido mediante Ley 7730 seguridad jurídica suficiente a la hora de la emisión del sufragio por parte de la ciudadanía, siendo que deviene sumamente propenso a presentar múltiples errores en la selección e impresión, como así también ser factible de sufrir manipulación en el mismo, ocasionando ello en consecuencia una alteración y vulneración en la voluntad real del electorado. Es por esta razón, que desde La Libertad Avanza, presentamos el presente proyecto de “Introducción del Sistema de Votación de Boleta Única de Papel en la Provincia de Salta” el cual permitiría introducir un sistema de votación que otorga mayor transparencia, seguridad jurídica, un modelo que resulta fiel y representativo de la voluntad real del electorado, que no da lugar a la comisión de fraudes de ningún tipo y permite a los diferentes partidos políticos competir entre sí en condiciones de igualdad verdadera, garantizándole a los ciudadanos plena certeza en relación a la emisión de su voto ya que además entre voto y elector no existe intermediario alguno. Asimismo, la Boleta única de Papel resulta ser un modelo cuya aplicación e implementación resulta mucho más económica que la de cualquier otro sistema de votación y agregar que se trata de un modelo ya probado con completo y total éxito durante las elecciones legislativas del año 2025 a nivel Nacional, lo cual permite tener plena y total certeza sobre la eficacia del mismo. Fuentes empleadas para la redacción del presente proyecto de Ley “Sistema de votación con Boleta Única de Papel en la Provincia de Salta”: Ley 6444 - Código Electoral Provincial de Salta. Ley Nacional 27.781 - Código Electoral Nacional. Ley 9571 - Código Electoral Provincial de Córdoba. Ley 2551 - Ley Electoral de la Provincia de Mendoza.

Sin dictámenes de las Comisiones de Legislación General; y de Hacienda y Presupuesto.

6. Expediente Nº 91-54.436/26. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación y Cultura, arbitre los medios necesarios para incorporar la Lengua de Señas Argentina (LSA) como materia en los establecimientos educativos. (B. Griselda Galleguillos)

Autores: Dip. Griselda Galleguillos.

Sin dictámenes de las Comisiones de Educación; de Derechos de las Personas con Discapacidad; y de Hacienda y Presupuesto.

7. Expediente Nº 91-54.701/26. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros, incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia - Ejercicio 2027, la construcción de una pasarela peatonal que cruce las vías del Ferrocarril y la calle Arenales, entre la Ruta Nacional 16 y la Avenida 20 de Febrero, en el acceso Norte de la ciudad de Joaquín V. González, departamento Anta. (B. Todos Por Salta)

Autoría: Dip. Gerardo Orellana.

Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; y de Hacienda y Presupuesto.