Sesión 29 de Noviembre: Acta de Labor Parlamentaria

27/11/2022

La presente Acta de Labor Parlamentaria está integrada por proyectos propuestos por los Bloques políticos, los cuales solamente serán considerados en el recinto si cuentan con los dictámenes emitidos por las Comisiones respectivas, en razón de lo cual los presidentes de Bloques elevan al presidente de la Cámara de Diputados, Esteban Amat Lacroix, para incorporar en la misma las siguientes solicitudes para la Sesión Ordinaria del día 29 de noviembre del corriente año, con el siguiente orden:

I. PODER EJECUTIVO

Mensaje y Proyecto de Ley: Expte. 91-47.388/22.

Propone prorrogar desde su vencimiento y por el término de un año, la vigencia de la Ley 7.125, así como sus sucesivas prórrogas y los períodos acordados en dichas normas; y desde su vencimiento y por el término de un año, la vigencia de la Ley 6.583, así como sus sucesivas prórrogas.

Sin dictámenes de las Comisiones de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

II. SENADO

Proyecto de Ley en revisión: Expte. 90-31.655/22.

Declarar el Estado de Emergencia Hídrica por escasez de agua, en todo el territorio de la provincia de Salta, por el término de un año.

Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

III. DIPUTADOS

1. Proyecto de Ley: Expte. 91-47.299/22.

Propone adherir a la Ley Nacional 27.696 que tiene por objeto el abordaje integral de personas víctimas de violencia de género a través de la cobertura total e integral de las prácticas preventivas y terapéuticas.

Autores: Dips. Esteban Amat, Germán Rallé, Gonzalo Caro Dávalos, Lino Yonar, Juan Carlos Roque Posse, Laura Cartuccia, Víctor Lamberto, Ignacio Jarsún, Patricia Hucena, Patricio Peñalba, Martín Pérez, Osvaldo Acosta, Moisés Balderrama, Roberto Bonifacio, Federico Cañizares, Fabio López, Ernesto Guanca, Gustavo Pantaleón, Fabio Rodríguez, Rogelio Segundo, y Ricardo Vargas. (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).

Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; de la Mujer; de Derechos Humanos; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

Breve fundamentación: Los índices actuales exigen redoblar los esfuerzos para abordar de manera integral la asistencia a las víctimas. Reconocer expresamente la problemática en el ámbito de la salud es un paso fundamental para prevenir situaciones y mitigar los daños. El objetivo del proyecto es, en consecuencia, dar una respuesta eficaz para que las personas víctimas accedan a la cobertura integral de prácticas preventivas y terapéuticas, incluyendo todas las terapias médicas, psicológicas, psiquiátricas, farmacológicas, quirúrgicas, y toda otra atención que resulte necesaria o pertinente. Este mecanismo de apoyo a las víctimas deriva del deber internacional asumido por el Estado Nacional al suscribir la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación de la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará). La Provincia no es ajena a tales obligaciones y debe implementar acciones en cumplimiento de los instrumentos internacionales, que en el caso, es la asistencia interdisciplinaria ante el flagelo de la violencia.

2. Proyecto de Declaración: Expte. 91-46.815/22.

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos pertinentes, posibilite la realización de los estudios médicos laborales (pre ocupacional) a los empleados públicos residentes en Orán que así lo requieran para el inicio de las actividades laborales correspondientes, en la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, departamento Orán.

Autora: Dip. Carolina Ceaglio (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).

Con dictamen de la Comisión de Salud; y sin dictamen de la Comisión de Asuntos Laborales y Previsión Social.

3. Proyecto de Ley: Expte. 91-45.072/21.

Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble identificado con la Matrícula N° 29.598 del departamento General San Martín para ser destino a la construcción de viviendas.

Autor: Dip. Ana Laura Córdoba (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).

Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

Breve fundamentación: El proyecto tiene por objeto dotar de una mayor superficie al ejido urbano de la localidad Gral. Ballivián, ya que en la actualidad tiene 55has. Totalmente urbanizadas con viviendas. El centro poblado del municipio Gral. Ballivián, se encuentra rodeado en su totalidad por tierras de privados, principalmente por aquellas que son explotadas por la empresa Finca San Antonio, con actividades agrícolas intensivas y de impacto en los habitantes del Municipio ya que las tareas culturales implicadas se desarrollan a escasos metros de las viviendas. Frente a esta situación, es imprescindible contar con terrenos aptos que permitan el desarrollo del poblado en forma ordenada y planificada, a fin de evitar impacto desfavorables en la calidad de vida de sus habitantes y poder planificar la construcción de viviendas I.P.V. en concordancia con los requerimientos técnicos establecidos por ese Organismo, ya que en la actualidad se torna muy dificultoso cuando no imposible la puesta en marcha de viviendas en esta localidad por no contar con terrenos acordes. Asimismo, seria de utilidad para los habitantes acceder a un lote, a través del plan mi lote o similares, que permitan que las personas puedan construir por sus medios una vivienda, situación casi imposible hoy por la inexistencia de lotes disponibles.
4. Proyecto de Ley: Expte. 91-45.656/22.

Propone establecer la capacitación obligatoria en Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes para todas las personas que se desempeñen en el Poder Ejecutivo Provincial, Poder Legislativo y Poder Judicial.

Autores: Dips. Laura Cartuccia, Esteban Amat, y María Saicha. (Bloque Salta Tiene Futuro).

Sin dictámenes de las Comisiones de Derechos Humanos; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
Breve fundamentación: el proyecto, tiene la necesidad de fortalecer el Sistema de Prevención y Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, visibilizar y acrecentar la difusión de los derechos consagrados en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CDN), la Ley Nacional 26.061. Como sabemos, la protección integral es el conjunto de acciones destinadas a prevenir o remediar las violaciones más serias de los derechos de los niños, niños y adolescentes, como la violencia, el abuso, el abandono, el maltrato, el trabajo infantil y la explotación sexual. Nuestro país ha asumido el compromiso internacional de adoptar todas las medidas que resulten necesarias para prevenir, sancionar y reparar las violaciones a los Derechos Humanos de Niños Niñas y Adolescentes, en tal sentido, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, ostenta jerarquía constitucional conforme el artículo 75º, inciso 22) de nuestra Constitución Nacional. La Ley que se propone, tiene por finalidad promover un efectivo aprendizaje y conocimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes como sujetos plenos de derechos y optimizar la protección integral de los mismos, creando conciencia general de la necesidad de trabajar de manera transversal entre la familia, la sociedad y el Estado, para garantizar el efectivo goce de los derechos consagrados en el ordenamiento legal Internacional, Nacional y Provincial.
5. Proyecto de Declaración: Expte. 91-46.516/22.

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaria de Defensa del Consumidor, fiscalice en las dependencias públicas y los establecimientos privados que brindan atención de salud, el cumplimiento del deber de tener un Libro de Quejas, Agradecimientos, Sugerencias y Reclamos a disposición de los usuarios.

Autores: Dips. Gloria Seco, Jorgelina Juárez, Maria Frisoli y Bernardo Biella. (Bloque Salta Tiene Futuro).

Con dictámenes de las Comisiones de Salud; y de Derechos Humanos y Defensa del Consumidor.

6. Proyecto de Ley: Expte. 91-47.066/22.

Propone establecer la obligatoriedad de realizar la pesquisa de colestasis neonatal por el método de tamizaje colorimétrico de heces, entre los 15 y 30 días de vida, con el fin de tener un diagnóstico precoz de anomalías detectadas y realizar el tratamiento oportuno en recién nacidos.

Autora: Dip. Isabel De Vita. (Bloque Todos).

Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

Breve fundamentación: En el periodo neonatal (dentro de los primeros 30 días de vida) la reducción del flujo biliar provoca un síndrome de ictericia, coluria y acolia o hipoacolia, signos característicos de la colestasis neonatal (CN). La atresia de vías biliares es la causa más frecuente de ictericia obstructiva en los primeros tres meses de vida y es responsable del 40% al 50% de todos los trasplantes hepáticos en el mundo. Existe firme consenso en la literatura pediátrica en que los esfuerzos para la detección de la CN no deben demorarse, ya que su pronóstico depende de un pronto diagnóstico y tratamiento. El tratamiento es la Porto-enteroanastomosis de Kasai que debe realizarse antes de los 2 meses de vida para mejorar el pronóstico de dicha enfermedad y si es exitosa, desaparece la ictericia, los resultados de los pacientes mejoran y la mayoría sobrevive a la vida adulta sin trasplante para lo cual se requiere de diagnóstico precoz. En caso contrario el trasplante es la segunda opción y en el peor de los casos esta patología conduce a cirrosis y muerte del lactante. Es necesario realizar la pesquisa o detección temprana de atresia de vías biliares mediante un test de screening o tamizaje colorimétrico de heces entre los 15 y 30 días de vida para poder predecir cuál lactante ictérico va a desarrollar COLESTASIS. Por lo tanto, la detección de colestasis en los recién nacidos es factible de ser realizado mediante el reconocimiento clínico de ictericia, heces acólicas y/o coluria, por los padres o tutores y/o en el 1° Nivel de Atención. El método de tamizaje colorimétrico de heces es factible de realizar, simple y de bajo costo, de probada sensibilidad y especificidad.

7. Proyecto de Declaración: Expte. 91-46.941/22.

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial y los Legisladores Nacionales por Salta, arbitren los mecanismos necesarios y realicen las gestiones en el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), la instalación de antenas para optimizar la conectividad y ampliar la cobertura de telefonía móvil y el servicio de internet, a los fines de brindar accesibilidad en el municipio Las Lajitas, departamento Anta, y en la localidad Lumbreras, departamento Metán.

Autora: Dip. Alejandra Navarro. (Bloque Más Salta).

Sin dictámenes de las Comisiones de Minería, Transporte y Comunicaciones; y de Hacienda y Presupuesto.

8. Proyecto de Ley: Expte. 91-47.031/22.

Propone establecer la obligatoriedad de participar en un Debate Público a los que sean candidatos a ocupar el cargo de Gobernador de la Provincia.

Autores: Dip. Julieta Perdigón, Carolina Ceaglio, Roque Cornejo Avellaneda, Cristina Fiore, Cristina Frísoli, Pablo Gómez, Jorge Restom, y Sofía Sierra. (Bloque Ahora Salta).

Sin dictámenes de las Comisiones de Legislación General; y de Hacienda y Presupuesto.

Breve fundamentación: El proyecto sigue los lineamientos de la Ley 27337 que introdujo en nuestro país la obligatoriedad del debate entre candidatos al cargo de Presidente de la Nación. Sigue también los lineamentos del proyecto de ley presentado el 8/09/22, por los diputados provinciales Daniela García, Josefina Canale y Gustavo Cairo ante la Cámara de Diputados de Mendoza (Expediente 82011). Establecer la obligatoriedad del debate entre los candidatos al cargo de Gobernador de la Provincia significará una mejora sustancial de nuestras prácticas democráticas. El debate entre candidatos permite no solo garantizar a cada uno de los participantes la posibilidad de difundir sus ideas y propuestas en un plano de absoluta igualdad, independientemente de su mayor o menor caudal de votos, sino que también permite que el electorado tenga la posibilidad de conocer y de informarse de manera directa de tales ideas y propuestas de gobierno a fin de poder tomar posicionamientos frente a una elección tan trascendental como lo es la del Gobernador.

9. Proyecto de Ley: Expte. 91-46.972/22.

Propone declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación diez hectáreas del inmueble identificado con la Matrícula Nº 25.002 (Rural) adyacente a la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, departamento Orán, con el cargo de ser destinado al desarrollo de loteos.

Autora: Dip. Ramona Riquelme. (Bloque Igualar - cupo cedido por el Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).

Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

Breve fundamentación: Visto el proyecto de Resolución presentado por el Concejo Deliberante del Municipio de la localidad San Ramón de la Nueva Orán, el que solicita a los legisladores del Departamento, arbitren los medios, para brindar solución al tema habitacional de la población vulnerable, especialmente a los vecinos del Bº Libertad, Caballito y 200 años de la ciudad de Orán. La falta de una política habitacional ha ocasionado una grave crisis de hacinamiento en miles de hogares donde conviven entre cuatro y seis núcleos familiares. Es inadmisiblemente barbárico permitir que empresas extranjeras monopolicen la tierra en nuestro país e impidan la vital necesidad de crecimiento urbano de la población local. La expropiación para uso social es una obligación para el gobierno Municipal y Provincial establecida en la Constitución Provincial y en la Ley 6571, artículos 10, 11, 12, 13, 21.